Constitución Política de la República Dominicana de 1844

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La Constitución Política de la República Dominicana de 1844 se proclamo el 6 de noviembre de 1844 en San Cristóbal, República Dominicana. Fue la primera Constitución del país y es conocida como la Constitución de San Cristóbal.
La redacción del documento fue encargada a una comisión integrada por

  • Vicente Mancebo,
  • Buenaventura Báez,
  • Manuel María Valencia,
  • Julián de Aponte
  • y Andrés Rosón.

El proyecto aprobado estableció un Gobierno civil, republicano, popular, representativo, electivo y responsable; y fijó como fronteras de la República las de la antigua colonia de Santo Domingo. Asimismo se estableció el principio de que el Poder Legislativo es el representante de la soberanía nacional, y el Poder Judicial independiente, mientras que que el Poder Ejecutivo quedó sujeto a cierta normas.
Durante el proceso de establecimiento del texto definitivo el Congreso Constituyente rechazó la petición de Pedro Santana, entonces presidente de la República, de más poderes presidenciales para afrontar la guerra contra la ocupación por parte de Haití de varias zonas del territorio dominicano. La crisis solo se resolvió tras incluirse en el texto constitucional el artículo 210 expresando lo siguiente:

Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el presidente de la República puede libremente organizar el ejército y la armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y la seguridad de la Nación; pudiendo en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna.

Tras este acuerdo la Constitución Política de la República Dominicana de 1844 se promulgó el 6 de noviembre de ese año.