Acta de Independencia del Imperio Mexicano
El Acta de Independencia del Imperio Mexicano es el documento que declara la independencia México. Fue redactado en el Palacio Nacional de la Ciudad de México el 28 de septiembre de 1821 por Juan José Espinosa de los Monteros, secretario de la Suprema Junta Provisional Gubernativa.
Tras declararse la Independencia, Agustín de Iturbide se proclamó emperador. Estuvo en el cargo hasta 1823, en que abdicó y se marchó al exilio a Europa.
El Acta de Independencia del Imperio Mexicano es la primera Constitución con plena fuerza legal de México independiente.
Quedó absoleta en 1824. Ese año un Congreso Constituyente promulgó la Constitución de 1824. En ella se estableció el régimen republicano y federal del país. El primer presidente de la nueva república fue Guadalupe Victoria.
Citamos a continuación un fragmento del Acta:
Acta de independencia del Imperio Mexicano, pronunciada por la Junta Soberana congregada en la Capital el 28 de septiembre de 1821.
La Nación Mexicana que, por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni libre uso de la voz, sale hoy de la opresión en que ha vivido.
Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la empresa, eternamente memorable, que un genio, superior a toda admiración y elogio, por el amor y gloria de su Patria, principió en Iguala, prosiguió y llevó al cabo, arrollando obstáculos casi insuperables.
Restituida, pues, esta parte del Septentrión al ejercito de cuantos derechos le concedió el Autor de la Naturaleza y reconocen por inenagenables y sagrados las naciones cultas de la tierra; en libertad de constituirse del modo que más convenga á su felicidad; y con representantes que puedan manifestar su voluntad y sus designios; comienza a hacer uso de tan preciosos dones, y declara solemnemente, por medio de la Junta Suprema del Imperio, que es Nación Soberana, é independiente de la antigua España, con quien, en lo sucesivo, no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha, en los términos que prescribieren los tratados; que entablará relaciones amistosas con las demás potencias y cuantos actos pueden y están en posesión de permitir las otras naciones soberanas: que va á constituirse, con arreglo a las bases que en el Plan de Iguala y Tratado de Córdoba, estableció, sabiamente, el Primer Jefe del Ejercito Imperial de las Tres Garantías; y en fin que sostendrá, á todo trance, y con sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos, (si fuere necesario) esta solemne declaración, hecha en la capital del Imperio á 28 de septiembre del año de 1821, primero de la Independencia Mexicana.